El Servicio Marítimo de la Guardia Civil continúa con la lucha contra el narcotráfico. Durante la tarde del pasado martes, los agentes del Servicio Marítimo detuvieron a los dos pilotos de una narcolancha que estaba siendo perseguida en aguas del Estrecho
En la tarde del pasado martes, el Servicio Marítimo incautaba una lancha semirrígida a la que el helicóptero del Instituto Armado estaba persiguiendo desde el aire. Una vez interceptada, los pilotos se habían deshecho del cargamento, por lo que éstos serán juzgados por un delito de posesión de una embarcación prohibida, según explican fuentes del Instituto Armado, lo que no supondrá más que una multa.
Esta incautación se suma a las muchas otras detenciones que realiza el Instituto Armado de este tipo de embarcaciones, que se acumulan en la base del Puerto Deportivo, algunas detenciones fruto de duras persecuciones y otras que aparecen embarrancadas en las costas de Ceuta por diversos motivos.
Las narcolanchas en el objetivo
Las narcolanchas están en el objetivo de la Guardia Civil. Son embarcaciones que se han convertido en el icono de las mafias a los dos lados del Estrecho para tráfico ilícito de personas y mercancías y que desde octubre del año pasado están prohibidas en España por un Real Decreto Ley.
Son lanchas rápidas y eficaces, capaces de alcanzar los 140 kilómetros por hora y cruzar el Estrecho en unos 15 minutos. En muchas ocasiones tienen motores más potentes que las lanchas de la Guardia Civil, quienes pese a esta ventaja las detienen prácticamente a diario. Este tipo de embarcaciones semirrígidas pueden llegar a tener hasta tres motores de 350 CV, como la incautada en la mañana de este miércoles cuando intentaba transportar a la Península a unas 50 personas migrantes y suelen rondar los 12 metros de eslora. Los pilotos van sentados y amarrados a un caballete para cuatro tripulantes, y siempre llevan cascos para protegerse en caso de colisión o caída.
Las narcolanchas prohibidas
En el Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, se determina que tendrán la consideración de género prohibido determinadas embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad tipo RIBs o similares (conocidas por sus siglas en inglés Rigid Inflatable Boat (RIB), Rigid-Hulled Inflatable Boat (RHIB) que por sus singulares características, por una parte suponen un peligro para la seguridad marítima, y por otra resultan susceptibles. Estas vienen siendo utilizadas frecuentemente por las organizaciones criminales para el ejercicio de actividades delictivas aprovechando su potencia y velocidad.
Dentro del Real Decreto se establecen como embarcaciones prohibidas todas aquellas cuyo casco, incluida en su caso la estructura neumática, sea menor o igual a 8 metros de eslora total, que dispongan de una potencia máxima, independientemente del número de motores, igual o superior a 200 CV. Así como todas aquellas cuyo casco, incluida en su caso la estructura neumática, sea mayor de 8 metros de eslora total.