Bares, cafeterías y otros establecimientos dedicados a la hostelería están exentos de solicitar datos personales a sus clientes
La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación así lo ha precisado en un breve comunicado de prensa, «ante las dudas que se habían suscitado en el sector»: los bares, cafeterías y otros establecimientos dedicados a la hostelería están exentos de solicitar datos personales a sus clientes (como nombre y teléfono de contacto) y que esta medida, incluida en el decreto del pasado 18 de enero, por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias para frenar la propagación de la COVID–19 es solo aplicable a los restaurantes.
En el decreto actualmente en vigor de la Consejería se cita literalmente que «el propietario o responsable del establecimiento de restauración deberá custodiar un registro de comensales, durante un plazo mínimo de 14 días, con nombre y apellidos y teléfono de contacto, a efectos de garantizar la trazabilidad epidemiológica por las autoridades sanitarias para la localización de contactos ante un posible caso positivo a COVID-19»