El pasado 24 de septiembre, la Consejería de Sanidad recordaba que quien alimente a gatos callejeros sin seguir el Reglamento 2/15 se expone a sanciones de hasta 1.500 euros. Pese a tratarse solo del recordatorio de una normativa ya vigente, hubo quien lo entendió como una prohibición. Por ello, la Consejería aclara que no se trata de prohibir la práctica, sino de insistir en que se siga la norma.
La Consejería de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en relación con la polémica suscitada en torno a la alimentación de los gatos callejeros, quiere aclarar que no se trata de imponer multas a los ciudadanos que les dan de comer correctamente o de prohibir esta práctica, sino que se recuerda que el Reglamento 2/15 contempla sanciones a quienes no lo hacen de manera adecuada, situaciones que incluso han podido provocar la muerte de algunos animales. Además , la realización de esta práctica sin control genera problemas de salud pública, medioambientales y de limpieza, así como multitud de quejas ciudadanas.
La Consejería insiste, por otra parte, en que trabaja en una iniciativa, de acuerdo con otras áreas de la Ciudad, -como la Consejería de Servicios Urbanos y Patrimonio Natural-, para reutilizar espacios colectivos e instalar comederos y bebederos fijos, que no causen molestias al vecindario, y que se puedan utilizar por los ciudadanos interesados para alimentar de manera correcta a los animales.