Pese a las múltiples advertencias y denuncias efectuadas por UGT, así como por diversos sectores afectados, la diversidad y la gravedad de los múltiples problemas que padece el edificio Ceuta Center desde tiempos inmemoriales «siguen sin resolverse»
La Sección Sindical de UGT Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Ceuta se ha hecho eco de una denuncia efectuada por varios trabajadores del edificio, que aseguran encontrarse «gravemente preocupados» por su seguridad e integridad personal.
UGT-SP considera que, dado que en el edificio desarrollan sus actividades diferentes sociedades municipales, diversos servicios de la Ciudad Autónoma, así como Servicios Tributarios, el Juzgado de lo Penal número 2, además de los propietarios de los garajes, «es responsabilidad de dichos propietarios, a través de su comunidad, racionalizar los recursos humanos y económicos del grupo, así como la organización de las zonas comunes en base a la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal».
Desde el sindicato señalan la «obligación» y «responsabilidad» de que las empresas y organismos que se encuentran en el edificio analicen las posibles situaciones de emergencia y adopten las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de las personas trabajadoras con la actualización y puesta en marcha del Plan de Emergencia y Evacuación.
Asimismo, la organización sindical destaca la conveniencia de contar con un servicio de prevención mancomunado según el artículo 21 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, consistente en la agrupación de las empresas y organismos que desarrollan sus tareas en dicho edificio, y que lleve a cabo las tareas preventivas.
Por último, UGT recuerda que la accesibilidad al edificio de las personas con movilidad reducida, el control de los accesos y el volumen de juicios suspendidos son otros problemas «que llevan sin resolverse largo tiempo».
Por ello, desde la central sindical exigen a la Ciudad Autónoma que se interese por el asunto «de manera inmediata«, y que tome «las riendas» para la organización de la seguridad y bienestar de los ciudadanos y del edificio, garantizando la accesibilidad tanto a los ciudadanos como a los trabajadores con movilidad reducida y, en general, «la seguridad de los trabajadores que en él desempeñan sus funciones y los ciudadanos que acuden para la realización de diversas gestiones».