Un tribunal de Tánger ordenó a un hombre indemnizar a su exesposa con 50.000 dirhams (unos 5 mil euros aproximadamente ) tras confirmarse que, pese a convivir durante siete años, ella seguía siendo virgen al momento de su separación. La sentencia, emitida inicialmente en 2012, fue ratificada recientemente por el Tribunal de Casación, que rechazó un recurso interpuesto por el marido.
Detalles del caso
El caso se remonta a 2012, cuando Saida H. presentó una demanda de divorcio por «ruptura irreconciliable», alegando que su esposo, Murad T., no cumplía con sus obligaciones maritales y la maltrataba verbalmente. Saida reclamó inicialmente 40.000 dirhams como compensación por «placer matrimonial», 9.000 dirhams para cubrir su vivienda durante el período de espera posterior al divorcio y 11.000 dirhams por el resto de su dote.
Sin embargo, en el transcurso del proceso, Saida solicitó modificar su demanda, alegando que seguía siendo virgen pese a los siete años de matrimonio. Pidió entonces que el divorcio se tramitara como un caso de daño, incrementando su reclamación a 100.000 dirhams e incluyendo una solicitud de peritaje médico para probar su afirmación.
Fallo judicial inicial
Tras intentar sin éxito mediar entre las partes, el tribunal ordenó realizar la pericia médica, que confirmó el estado de virginidad de Saida. Con esta prueba, el tribunal determinó que el daño físico y psicológico era suficiente para otorgarle el divorcio y una indemnización de 50.000 dirhams. Además, el fallo incluyó el pago de 1.500 dirhams por su vivienda y 11.000 dirhams correspondientes a su dote.
Apelación y ratificación del fallo
El esposo apeló la decisión, argumentando inconsistencias en las declaraciones de su exesposa y negando las acusaciones. Sin embargo, el tribunal de apelación mantuvo la sentencia, considerando probado el daño causado por la falta de consumación del matrimonio y los abusos verbales.
Finalmente, el caso llegó al Tribunal de Casación, donde el esposo intentó invalidar el fallo alegando insuficiencia de pruebas y cuestionando el fundamento legal de la indemnización. El tribunal, no obstante, rechazó sus argumentos, subrayando que el matrimonio implica derechos y deberes mutuos, entre ellos la convivencia y la consumación de la unión.
Un caso que genera debate
El tribunal consideró que la falta de consumación durante siete años, junto con los insultos y el daño emocional, justificaban la indemnización otorgada. El caso, resuelto judicialmente en 2014, ha resurgido recientemente en plataformas dedicadas a analizar sentencias inusuales, generando debate sobre el concepto de daño en el contexto del matrimonio.