Desde hoy, 2 de abril, hasta el 16 de mayo puedes solicitar el voto por correo. Para ello debes rellenar un impreso oficial y entregarlo personalmente en una oficina de Correos.
Además, para acreditar la solicitud deberemos entregar en la oficina de correos alguno de los siguientes documentos oficiales: DNI, Pasaporte, Carnet de Conducir. En caso de ciudadanos extranjeros con residencia en España habrá que presentar: Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean) o Tarjeta de identidad de extranjero (en el caso de países con los que España mantenga un tratado que les permita votar en las elecciones locales).
Si la persona que desea solicitar el voto por correo se encuentra impedida por una causa justificada (lesión, enfermedad grave, discapacidad, etc.) podrá presentar la solicitud otra persona en su nombre. Esta persona deberá acreditar la solicitud con algún documento oficial del solicitante, además de presentar el certificado médico correspondiente que acredite la incapacidad del elector para acudir personalmente a pedir el voto por correo.