Yussuf Galán (nacido y bautizado en Madrid bajo el nombre de José Luis Galán) es el único español condenado por el 11-S. Ahora, la Audiencia Nacional (AN) condena a Yussuf Galán a ocho años de cárcel por un delito de participación en organización terrorista.
Yussuf Galán es un madrileño nacido en 1965 que se convirtió al islam en 1991. En el año 2001 fue detenido a instancias del hoy inhabilitado juez Baltasar Garzón en la «Operación Dátil» por pertenencia a Al Qaeda. Como fruto de la detención, en 2005 tuvo que hacer frente a una sentencia firme de 9 años y medio de privación de libertad por delitos de pertenencia o integración en organización terrorista y tenencia ilícita de armas.
En 2011 sale de prisión pero la policía no le pierde la pista. El acusado continuó con su actividad de difusión e instrucción de la doctrina yihadista intransigente y violenta, adaptándose a la nueva estrategia diseñada por el estado Islámico, desarrollando su actividad terrorista desde las plataformas digitales, a las que se encontraba permanentemente conectado, siendo significativo que tuviera un blog, subraya la Sala; con 113.569 seguidores y un perfil en Facebook con 2.393, además de que participaba en la difusión de contenidos a través de blogspot, Google+, Facebook, Twiter y Youtube.
Yussuf Galán: actividad «frenética» a favor del DAESH
El acusado, prosigue la sentencia, inició su actividad dentro del ámbito de la conocida como «yihad virtual» a principios de 2015, aunque no fue hasta mediados de 2016 «cuando se introdujo en una actividad frenética de publicaciones, la gran mayoría de ellas encuadradas dentro de las labores encomendadas a las células individuales encaminadas a la atracción e instrucción de posibles nuevos afiliados de la causa yihadista violenta».
Con objeto de atraer nuevos partidarios de la yihad violenta para engrosar las filas de la organización terrorista DAESH, Galán ha contribuido a difundir dicha perversa doctrina yihadista a través de las redes sociales, explican los jueces que añaden que trata a los combatientes de Estado Islámico como si fueran héroes o mártires, reproduciendo imágenes sobre ejecuciones de personas contrarias a dicho credo, a las que trabaja de infieles y traidores. Además, difundía imágenes y publicaciones de cánticos en favor de quienes practicaban la yihad violenta.
Finalmente, aseguran los magistrados que «en las acciones del acusado y en sus expresiones, se denota claramente la interiorización que efectúa del ideario yihadista radical y violento propugnado por DAESH«.